Aplicación de servicio al cliente de una tienda que vende alimentos prohibidos Fatwa No: 535078
- Fecha de publicación:28-7-2026
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Trabajo en el área de servicio al cliente. Mi función básicamente es responder a las dudas de los usuarios y resolver los problemas que enfrentan al comprar un producto o servicio. Recientemente, la empresa para la que trabajo me ofreció un puesto para manejar la cuenta de una aplicación de entrega de comida a domicilio. El gran detalle es que sus menús incluyen carne de cerdo y alcohol.
Yo no me encargo de vender el producto directamente. Sin embargo, puede que un cliente me contacte para quejarse de que su pedido está retrasado, y es muy probable que esa orden contenga cerdo o alcohol. Mi rol ahí sería responder a su queja y ayudarlo según las políticas de la empresa, lo cual implica tomar acciones como re-enviar el producto, acelerar la entrega, emitirle un reembolso o incluso darle una compensación en algunos casos.
¿Cuál es el dictamen islámico sobre este trabajo? Teniendo en cuenta que el cliente, antes de hablar conmigo, ya pagó por el producto y lo compró; es decir, yo no lo estoy incentivando a comprar, simplemente me encargo de mantenerlo satisfecho como cliente con respecto a la entrega.
Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
Para empezar, este trabajo es totalmente impermisible, ya que inevitablemente exige que le prestes un servicio a alguien que se dispone a consumir algo ilícito (Haram), sin importar si tu rol es facilitarle la llegada de su pedido, acelerar el proceso o cualquier otra gestión logística.
El problema es que el simple hecho de que el cliente ya haya pagado el valor de esa comida o bebida prohibida no convierte tu servicio en algo lícito (Halal). ¿Por qué? Porque al ayudarlo estás validando su acción y cooperando directamente para que él consuma ese producto ilícito.
Esto se evidencia en el relato profético narrado por Abu Dawud y Al-Hakim, donde Ibn 'Umar, que Al-lah esté complacido con ambos, transmitió que el Mensajero de Al-lah, Muhammad, que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo: "Al-lah maldijo los embriagantes (Jamr), a quien lo bebe, a quien lo sirve, a quien lo vende, a quien lo compra, a quien lo exprime, a quien pide que se lo expriman, a quien lo transporta, a aquel a quien se le transporta y a quien se alimenta de las ganancias de su venta".
Si analizamos detenidamente la situación de todas estas personas que fueron abarcadas por la maldición y el pcado, veremos que el motivo central es uno solo: su cooperación para que el consumidor consiga embriagantes. Y esta misma regla jurídica se aplica absolutamente a todo lo que es Haram. Al-lah dice: "Ayúdense unos a otros a obrar el bien y a tener temor de Al-lah, y no cooperen en el pecado y la agresión. Y tengan temor de Al-lah, porque Al-lah es severo en el castigo" [Corán 5:2].
En conclusión, nuestra recomendación es que cambies de trabajo lo más pronto que te sea posible, ya que implica cooperar de forma directa en actos que no están permitidos. Te animamos a buscar un empleo que sea puro, lícito y donde no tengas que involucrarte con nada Haram, ni brindar una ayuda directa o intencionada para que otros lo cometan.
Y Al-lah es quien más sabe.