Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
Tu esposa no tiene derecho a pedirte el divorcio (talaq) simplemente porque desea regresar con su primer esposo para vivir con sus hijos, pues la ley islámica (Shari'ah) prohíbe a la mujer solicitar el divorcio a menos que tenga una justificación legal válida para ello. En la Fatwa número 37112 ya se han explicado cuáles son las justificaciones legales para solicitar el divorcio.
Por lo tanto, no le es lícito pedir el divorcio por este motivo. Asimismo, su exesposo no tiene derecho a prohibirle ver a sus hijos bajo ninguna circunstancia; pues visitar al niño que está bajo custodia (mahdun) es un derecho inalienable de quien no posee la custodia física (hadanah).
El erudito Ibn Qudamah estableció en su obra Al-Mughni:
"Ninguno de los dos puede impedir que el otro los visite". Fin de la cita.
Desde la perspectiva de la ley islámica, el esposo no está obligado a divorciar a su esposa simplemente porque ella se lo pida. Tú tienes la opción de elegir entre concederle el divorcio o mantenerla como esposa, y no debes divorciarla hasta que analices qué es lo más beneficioso y correcto (aslah). Si ella insiste obstinadamente en la separación, tienes el derecho de negarte a divorciarla hasta que ella te ofrezca una compensación (khul'). Puedes revisar al respecto la Fatwa número 93039.
En el supuesto de que se produzca la separación, ya sea mediante divorcio (talaq) o por compensación (khul'), si esta mujer se casa con ese hombre o con cualquier otro, su derecho a la custodia (hadanah) sobre la bebé queda automáticamente anulado, y dicha custodia pasa a quien tenga mayor prioridad sobre la criatura según el orden establecido por los juristas (fuqaha), lo cual está detallado en la Fatwa número 6256.
Para que el padre tenga derecho a asumir la custodia, se estipula como condición que tenga en su hogar a una mujer apta y capacitada para criar a la niña; tal como han mencionado los juristas (fuqaha). Puedes revisar la Fatwa número 441997.
El simple hecho de que ella pida el divorcio no constituye una injusticia (dhulm) para la recién nacida, pues la ley islámica (Shari'ah) ya le ha garantizado a alguien más que asuma su custodia en lugar de la madre. Tampoco representa una injusticia para ti, puesto que tienes pleno derecho a elegir entre divorciarla o no hacerlo, o bien, exigir una compensación ('iwad) a cambio de concederle el divorcio, tal como lo hemos explicado anteriormente.
Y Al-lah sabe más.