Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
Es lícito usar medicamentos que contengan alcohol bencílico. La razón jurídica es muy sencilla: este tipo de alcohol no pertenece en absoluto a la categoría de los alcoholes intoxicantes o embriagantes (como sí lo es el alcohol etílico).
De hecho, es importante aclarar que, incluso si habláramos de alcoholes que sí son intoxicantes, es lícito consumir medicamentos que los contengan siempre y cuando la cantidad sea mínima y quede completamente diluida o absorbida (Mustahlaka) en la mezcla final.
El Consejo de la Academia Internacional de Fiqh Islámico emitió una resolución muy clara respaldando esto: "Es lícito usar medicamentos que contengan alcohol en porcentajes absorbidos que sean estrictamente necesarios para la industria farmacéutica y que no tengan una alternativa viable; con la condición de que sean recetados por un médico de confianza. También es lícito usar el alcohol como desinfectante externo para heridas, para m*tar gérmenes, y en cremas y pomadas de uso tópico".
Este dictamen se basa en la opinión más extendida entre la mayoría de los eruditos contemporáneos, quienes consideran que el alcohol industrial intoxicante tiene exactamente el mismo estatus jurídico que las bebidas embriagantes (Jamr).
Sin embargo, para darte el panorama completo, existe otro grupo de eruditos contemporáneos que dictaminan que el alcohol intoxicante (como sustancia química pura) no tiene el mismo estatus jurídico que el Jamr. Su argumento es que el Jamr, según la legislación islámica (Sharia), se define estrictamente como una bebida embriagante (es decir, un líquido fabricado con el propósito de ser bebido y causar embriaguez), mientras que el alcohol industrial, por su propia naturaleza, no está hecho ni destinado para el consumo humano.
Y Al-lah es quien más sabe.