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El juicio de la Shari’ah respecto a quien se consagra para la ‘Umrah pero no la hace

Pregunta

As-salamu ‘alaikum warahramtul-lah.
Fui a hacer la ‘Umrah, hice el Ihram pero antes de llegar a la Meca me llegó el periodo menstrual, así que no pude realizarla y tuve que regresar a mi país. Una amiga me dijo que yo no podía haber disuelto el estado de Ihram sin antes haber cumplido con todos los ritos de la ‘Umrah, ¿pueden aclararme este hecho por favor?, y que Al-lah les Dé la mejor recompensa.

Respuesta

Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio de que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallahu ‘alaihi wa sallam, es Su Siervo y Mensajero.

Es un deber cumplir completamente con todos los ritos del Hayy y la ‘Umrah para quien haya hecho el Ihram, porque Al-lah, Altísimo sea, Dice (lo que se interpreta en español): {Y completad la peregrinación y la ‘Umrah por Al-lah} [Corán 2:196]. Por otra parte, la menstruación no es un impedimento para hacer el Ihram o continuar con él.

En su caso, debe arrepentirse por haber cometido un pecado al haber disuelto el estado de Ihram sin haber completado la ‘Umrah, y debe regresar cuando pueda para hacerla. En cuanto a los actos que anulan el estado de Ihram que habrá cometido, como perfumarse, pues no debe hacer ninguna expiación porque se supone que lo hizo sin conocimiento; pero si se cortó el cabello o las uñas debe expiar por cada falta cometida de esta clase, según la opinión de la mayoría de los ‘Ulama’.

Y Al-lah Sabe mejor.

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