Islam Web

  1. Hayy y ‘Umra
  2. Artículos
  3. El Noble Corán

Análisis cronológico del Corán

Análisis cronológico del Corán

 El Corán fue revelado en árabe al Profeta Muhammad, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, desde el 610 E.C. y a lo largo de los siguientes 22 años. En los primeros doce años de la revelación, el Profeta, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, vivía en Makkah (La Meca). La persecución, a manos de la tribu de Quraish, los obligó, a él y a sus compañeros, a emigrar hacia Al-Madinah (Medina), en lo que se conoce como la Hégira (emigración), y allí el Profeta vivió sus últimos diez años.

Las 114 suras (capítulos) del Noble Corán no están listadas en el orden cronológico de su revelación. Este orden especial, sin embargo, fue inspirado al Profeta, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, por Al‑lah, el Más Exaltado, por lo que es una cualidad genuina del Corán. Cada sura está descrita como mequí (mecana) o mediní (medinense), dependiendo de si la mayoría de sus aleyas (versículos) fueron reveladas antes o después de la Hégira.

Conocer el orden cronológico en el que fueron reveladas las diferentes suras o aleyas puede ser de importancia en algunos casos. Y aunque esto puede no ser posible para todas las 6.234 aleyas, ya que la secuencia fue grabada en cualquier momento, a través de la iytihad (investigación) y el análisis, los eruditos han sido capaces de reunir los casos en los que informes auténticos confirmaron ese orden y los casos en los que ese orden se hizo claro.

Estos esfuerzos resultaron en el desarrollo de un método en el que la revelación del Corán era vista en términos cronológicos, así como la división de la revelación entre los tipos o períodos mequí y medinense.

Primero veremos algunos de los beneficios de este análisis cronológico y luego pasaremos a discutir los criterios de mequí y medinense, y su uso en el Tafsir (interpretación o exégesis del Corán) y en la deducción de las normas del Fiqh (jurisprudencia islámica).

A continuación, presentaremos un breve vistazo a tres beneficios principales del análisis cronológico del Corán. Otros beneficios y muchos más ejemplos se pueden encontrar en Al Itgan, del Imam As-Suyuti, que Al-lah lo tenga en Su misericordia.

Evaluación de la derogación de normas

Abrogación es un término que se refiere a los casos en los cuales una norma o una resolución es derogada por otra. En otras palabras, abrogación significa el reemplazo de una aleya por otra que revierte o revoca la norma que fue revelada en la primera. Por lo tanto, si tenemos un caso en el que hay dos aleyas que muestran dos normas que se oponen una a la otra, y no podemos reconciliarlas de modo que sea aceptable según los principios de Fiqh (jurisprudencia), debemos mirar el orden cronológico de su revelación para evaluar qué aleya contiene la norma abrogada. Obviamente, la aleya revelada primero contiene la norma abrogada, y debemos mantener la norma que contiene la aleya revelada con posterioridad.

Ejemplos de ello. Si sabemos que:

1. Las aleyas que hacen obligatoria la salah (oración) fueron reveladas en La Meca antes de la Hégira (emigración del Profeta Muhammad, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, y sus compañeros, que Al-lah esté complacido con ellos, de La Meca hacia Medina].

2. Las aleyas que hicieron obligatorios el azaque (el derecho del pobre) y el saum (ayuno) fueron reveladas durante el segundo año de la Hégira.

3. Las aleyas que establecieron la obligatoriedad del Hayy (peregrinación a La Meca) fueron reveladas en el sexto año de la Hégira.

Conocemos así la secuencia en la que estos pilares del Islam fueron establecidos.

Evaluación del proceso gradual en la legislación

Esta es una parte importante del mensaje general del Islam, en especial el aspecto relacionado con establecer prohibiciones y hacer que las personas pasen por grandes cambios en su forma de vida. El conocimiento de la cronología de cómo se establecieron estos aspectos en el período temprano del Islam nos lleva a apreciar la sabiduría detrás del proceso gradual de legislación. Un buen ejemplo de esto es la prohibición de los intoxicantes o embriagantes. Primero, se le dijo a la gente que estos son malos, pero que tienen algún beneficio, como en la aleya: {Te preguntan acerca de los embriagantes y las apuestas. Diles: “Son de gran perjuicio, a pesar de que también hay en ellos algún beneficio para la gente, pero su perjuicio es mayor que su beneficio”} [Corán 2:219].

Luego se les dijo que no bebieran antes de la salah, a través de la aleya: {¡Oh, creyentes! No hagan la oración si están bajo el efecto de embriagantes [o narcóticos]...} [Corán 4:43].

Y luego fueron prohibidos los embriagantes por completo, a través de la aleya: {¡Oh, creyentes! Los embriagantes, las apuestas, los altares [sobre los cuales eran degollados los animales como ofrenda para los ídolos] y consultar la suerte [por ejemplo] con flechas, son una obra inmunda del demonio. Aléjense de todo ello, que así tendrán éxito [en esta vida y en la próxima]} [Corán 5:90].

En este ejemplo notamos la forma en que la legislación consideraba el hecho de que beber era una parte importante de la vida social de los árabes. Pero el enfoque gradual utilizado para indicar sus daños y prohibirlo les facilitó aceptarlo, siendo este un enfoque realista del que todos podemos aprender.

Related Articles

Virtudes del Hayy