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La expiación impuesta a quien rompe el ayuno de Ramadán practicando el coito

La expiación impuesta a quien rompe el ayuno de Ramadán practicando el coito

Esta expiación consiste en liberar a un esclavo. Si esto no es posible deberá ayunar durante dos meses completos y continuos. Si no puede ayunar, entonces deberá en su lugar alimentar a sesenta necesitados dando a cada uno de ellos medio Sa' de comida (dos kilos con cuatrocientos cincuenta gramos aproximadamente). Y si no está en condiciones de hacer nada de esto la expiaci6n se levanta. Esta expiación es obligatoria sólo para quien practica el coito intencionalmente y a sabiendas durante el día en Ramadán de entre los que tie­nen la obligación de ayunar. Quien practica el coito durante un ayuno voluntario, ya sea por una promesa o por una com­pensación, no esta obligado a cumplir con esta expiación.

 
AbuHurairah, que Al-lah esté complacido con él,relató: Un hombre se presentó ante el Mensajero de Al-lah,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam ,  y dijo: ¡Estoy perdido Mensajero de Al-lah! Y el Mensajero de Allah,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , le preguntó: "¿Y qué es lo que ha causado tu perdición?" Dijo: He tenido relaciones sexuales con mi mujer durante Ramadán. Entonces el Profeta,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , le dijo: "¿Tienes con qué liberar a un esclavo?" Y el respondió: ¡No! El Mensajero de Al-lah,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , le preguntó: "¿Puedes ayunar dos meses seguidos?" Y el respondió: ¡No! El Profeta,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , le pregun­tó: "¿Tienes con que alimentar a sesenta menesterosos?" Y el respondió: ¡No! Entonces el Profeta,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , se sentó, y luego de que le fuese traído un recipiente lleno de dátiles le dijo: "¡Haz caridad con esto!" Y el hombre exclamó: ¿Y es qué habrá gen­te más pobre que nosotros? En Medina no hay una casa más necesitada que la nuestra! El Profeta,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , rió hasta que se vieron sus dientes, luego dijo: "¡Ve pues, y alimenta con esto a tu familia!" (Bujari y Muslim)
• Hay algunas ocasiones donde la suspensión del ayuno no corta la continuidad de los que deben ayunar dos meses seguidos, estas son: Ambos `Id, un viaje, una enfermedad que requiera para su tratamiento rom­per el ayuno, la menstruación y el puerperio.
• Si la persona ha practicadoel coito dos o mas días deRamadándebe compensar y realizar una expiación por cada día que haya roto su ayuno. En cambio, quien lo haya hecho dos o más veces en un mismo día, debe cumplir con una sola expia­ción y una sola compensación por ese día de ayuno invalidado.
         Si el hombre retorna de un viaje en Ramadán habiendo sus­pendido su ayuno y encuentra a su esposa recién purificada de la menstruaci6n o el puerperio es lícito para el tener relacio­nes con ella.
         Es Sunnahcumplir con la compensación de los días no ayuna­dos en Ramadán lo más pronto posible y de forma continua. Si el tiempo apremia, los días deberán ser obligatoriamente seguidos. Si la compensación de los días no ayunados se retrasa hasta la llegada del siguiente Ramadán, la persona comete un pecado y debe compensarlo luego de terminar el nuevo ayuno.
         Al-lah ha establecido ayunar en su momento para quienes no tienen excusas, reponer los días no ayunados para quienes tie­nen excusas temporales, como el viajero o la menstruante porejemplo, y alimentar a los pobres en compensación por el ayuno no realizado para quienes no pueden realizar el ayuno en su momento ni reponerlo, como los ancianos y enfermos cróni­cos por ejemplo.
         Quien muere debiendo días de ayuno deRamadán,a causa de una enfermedad u otra excusa valida, no hay obligación de ayunar por él ni compensar alimentando a los pobres por los días que no ayunó. En cambio, si la persona muere habiendo tenido la posibilidad de compensar su ayuno perdido pero aun así no lo hizo, entonces deberá ayunar por él su familiar directo más cercano. `A'ishah, que Al-lah esté complacido con ella,  relató que el Mensajero de Al-lah,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , dijo: "Quien muere debiendo días de ayuno, su familiar directo más cercano deberá ayunarlos por él." (Bujari y Muslim)
         Quien no ayuna intencionalmente y sin excusas durante todo el mes de Ramadán o algunos días no esta obligado a compen­sar ni tampoco le será aceptado si lo hace. Esta persona está en falta por haber cometido un gravísimo pecado, y por ello debe, primeramente, arrepentirse y pedir perdón a Al-lah.
         Quien muere debiendo por una promesa un ayuno, una pere­grinación o un I'tikafpor ejemplo, es recomendable que su heredero legítimo lo realice en su nombre. Sin embargo, si otra persona lo hace es válido también.
         Quien tiene la clara intención de romper el ayuno es como si realmente lo hiciera, pues el ayuno consta de dos pilares fun­damentales: la intención y la abstención misma. Si la persona claramente tiene intención de romper el ayuno, el primer pi­lar se pierde, y la intención es la base de cualquier obra y el pilar sobre el cual se levantan los ritos de adoración.
         Quien se va a dormir la treintava noche de Sha'ban y tiene la siguiente intención: ¡Si mañana es el primer día deRamadán, yo ayunaré! Y al otro día resulta que es el primer día de Ramadán,su ayuno es válido.

         Si una prohibición afecta exclusivamente a un rito, incurrir en esta prohibición anula todo el rito, como es el caso del musulmán que ayuna el día del `Id;su ayuno es ilícito e inválido. Si la prohibición se refiere sólo a una acción o frase específicas dentro de un rito, incurrir en ellas invalida ese rito, como es el caso de quien come intencionalmente durante el ayuno; su ayuno queda anula­do. Y si es general, de manera que la prohibición se aplica tanto en los ritos de adoración como en los demás actos de la vida diaria, pues incurrir en esta prohibi­ción durante la práctica de un acto de adoración no lo anula, como quien dice una calumnia mientras ayuna; la calumnia es un pecado pero no anula el ayuno ni otros ritos similares.

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